@CongresoTlax evaluará en una semana a magistrado Flores Olayo

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Quedan asentadas la comisión especial evaluadora y las bases para su posible ratificación, por medio de una evaluación y resolver lo que conforme a derecho corresponda.

Como parte de las competencias jurídicas que tiene el poder legislativo, el día de hoy en el pleno del congreso, diputados de la junta de coordinación y concertación política dieron lectura al proyecto de acuerdo donde se creó la comisión especial encargada de analizar la situación jurídica del magistrado Ángel Francisco Flores Olayo, ya que el plazo del encargo de dicho funcionario judicial, es el 16 de julio de 2010 al 15 de julio de 2016.

La comisión especial quedo integrada por los diputados Salvador Cote Pérez, Iván Cuapantecatl Trujillo, Efraín Flores Hernández, Juan Ascención Calyecac Cortero y Baldemar Alejandro Cortés Meneses, los cuales, de una manera profesional y para no dejar pasar más tiempo del necesario, realizaron las bases del procedimiento para el análisis, evaluación y en su caso la posible ratificación del magistrado.

De tal forma, y con base en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la del Estado de Tlaxcala, la ley orgánica del poder legislativo y del poder judicial; pondrán a consideración del pleno un proyecto de acuerdo para aprobar el procedimiento para analizar la situación jurídica y en su caso para la evaluación del magistrado de plazo por cumplir.

Las bases señalan entre otras cosas, que abrirá (seguramente para la siguiente sesión, 5 de abril) el expediente, hasta el 12 de abril es decir, el magistrado tendrá 1 semana o 5 días hábiles para que los diputados determinen su situación.

Dentro de las bases de evaluación se encuentra una serie de requisitos que los diputados procederán a evaluar para dictaminar su remoción o ratificación. Así solicitará al consejo de la judicatura del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala, emita opinión sobre el desempeño del magistrado y copia certificada del expediente personal del magistrado.

Al mismo tiempo que le será notificado el acuerdo, se le requerirá un informe por año, sobre las actividades desarrolladas durante el ejercicio de su encargo como magistrado, deberá remitir cuatro expedientes por año, que él mismo seleccionara, a fin de que sean analizados por la Comisión Especial, a excepción de que los diputados soliciten otro al azar, para determinar si hubo o no retardo, en la impartición de justicia en el que haya intervenido el magistrado.

Al mismo tiempo el acuerdo se publicará en el periódico oficial para que la sociedad se entere del procedimiento y el mismo poder legislativo pueda recibir escritos provenientes de la sociedad, los cuales podrá recibirse a través de la secretaria parlamentaria a más tardar tres días hábiles, contados a partir de su publicación.

Así también se recibirán escritos de litigantes interesados y, en su caso, escritos por los que manifiesten si el Magistrado tiene o no, según su concepto, los méritos para ser ratificado en el cargo, a más tardar tres días hábiles, contados a partir de su publicación.

La comisión especial podrá solicitar información adicional que crea conveniente a diferentes entes públicos como: la Comisión Estatal de Derechos Humanos, la Comisión de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales y a la Coordinación del Registro Civil del Estado de Tlaxcala.

Todo esto se llevará a su análisis y se pondrá a la disposición del magistrado para proporcionarle el derecho de audiencia, donde podrá manifestar lo que a su derecho convenga, y en su caso, ofrecer las pruebas que estime pertinentes.

Al término del procedimiento, la comisión especial emitirá un dictamen escrito, que será presentado ante el pleno del congreso para su análisis, discusión y, en su caso, aprobación, a efecto de que resuelva conforme a lo previsto en el inciso a, de la fracción XXVII del artículo 54 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala.

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