La SIP Celebra Nuevo Precedente Legal a Favor de la Libertad de Prensa en Costa Rica

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Otro fallo de la Corte Constitucional condena censura indirecta en el caso de El Chinamo.
La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) aplaude el fallo de la Sala Constitucional de Costa Rica que declaró con lugar los recursos de amparo presentados contra el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y el Banco Popular por retirar su pauta publicitaria al programa televisivo El Chinamo, transmitido por Teletica Canal 7, tras la emisión de su segmento satírico “El Chinaoke”. La organización consideró la resolución como un importante precedente a favor de la libertad de prensa en Costa Rica.
El tribunal constitucional, conocido como Sala IV, reconoció que las decisiones de ambas entidades estatales constituyeron un acto de censura indirecta al imponer consecuencias comerciales vinculadas al contenido editorial, en este caso de carácter satírico, violando derechos fundamentales consagrados por la Constitución y tratados internacionales, según informes de la prensa local.
En los recursos de amparo presentados por un abogado y un ciudadano adulto mayor, se denunció que el ICE y el Banco Popular retiraron su patrocinio tras la emisión de canciones con sátira política y social en la sección “El Chinaoke”. La Sala subrayó la importancia de este tipo de manifestaciones dentro del marco democrático y destacó que la pauta oficial no puede ser usada para restringir el derecho a criticar al poder.
La Sala Constitucional determinó que ambas entidades vincularon el financiamiento de publicidad estatal al contenido de un segmento humorístico de crítica política, lo que constituye una forma inapropiada de utilizar fondos públicos para ejercer presión, según informó Teletica. Los Chinaokes emitidos en la temporada 2024 abordaron temas como la inseguridad, el alto costo de vida, la desigualdad social y las deficiencias en los servicios de la Caja Costarricense de Seguro Social.
“La decisión de la Sala Constitucional fortalece un principio esencial: la publicidad estatal no debe ser utilizada como mecanismo de premio o castigo para condicionar contenidos periodísticos o artísticos”, afirmó José Roberto Dutriz, presidente de la SIP. “Saludamos la claridad del fallo, que envía un mensaje inequívoco sobre la obligación de las instituciones públicas de respetar la libertad de expresión en todas sus formas”, afirmó Dutriz, CEO y director general de La Prensa Gráfica de El Salvador.
Martha Ramos, presidenta de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP, agregó: “La sátira y el humor político son formas legítimas de crítica que enriquecen el debate democrático. Este fallo reconoce que retirar la pauta estatal por el contenido crítico de un programa constituye una forma de censura velada y es improcedente en una sociedad democrática”, señaló la directora editorial de la Organización Editorial Mexicana (OEM).
Televisora de Costa Rica también reaccionó tras la decisión del tribunal: “Ante el fallo de la Sala Constitucional, Televisora de Costa Rica valora la defensa de la libertad de expresión que hace la Sala y estamos analizando nuestras opciones que incluyen la valoración de daños y perjuicios sufridos por estos hechos evidentemente inconstitucionales que atentan contra libertad de prensa, libertad de expresión y la libertad de comercio”.
El fallo viene a dar la razón al pronunciamiento de la SIP el 21 de diciembre de 2024, en el que la organización advirtió sobre el uso de la pauta estatal como instrumento de censura en Costa Rica, tras las acciones del ICE y el Banco Popular. En ese momento, la SIP condenó la interferencia gubernamental que pretendía silenciar expresiones legítimas de crítica mediante presiones económicas.
La SIP también celebró otros dos fallos recientes de la Sala IV que refuerzan la libertad de prensa en Costa Rica. En el primero, en mayo pasado, resolvió por unanimidad a favor de 3 periodistas locales en dos recursos de amparo presentados contra el gobierno del Presidente Rodrigo Chaves en el que aludían violaciones a la libertad d prensa y el derecho de acceso a la información.
La organización ya había saludado una decisión anterior del mismo tribunal, dictada en mayo de 2023, en la que la Sala Constitucional destacó que “ciertas expresiones y vocablos usados por los funcionarios no se justifican y sí constituyen un exceso, por lo que podrían promover el hostigamiento contra los medios y periodistas aludidos”.
Una misión de la SIP verificó en enero pasado, durante una visita al país, una “preocupante degradación del ambiente de libertad de prensa”, incluyendo prácticas gubernamentales de estigmatización contra medios y periodistas críticos. La misión también documentó cómo el discurso oficial ha generado un clima de hostilidad y autocensura en ciertas redacciones.
La SIP es una organización sin fines de lucro dedicada a la defensa y promoción de la libertad de prensa y de expresión en las Américas. Está conformada por más de 1.300 medios del hemisferio occidental y tiene su sede en Miami, Florida, Estados Unidos.